Sobre el euro por receta y otras chapuzas de la Comunidad de Madrid

Últimamente el Gobierno de Ignacio González no gana para disgustos. Y es que su gestión está siendo muy chapucera; va tan sobrado, que no escucha argumentos y confunde su voluntarismo con la realidad. Veamos ejemplos:

El euro por receta venía tocado de muerte. Cuando se aprobó en la Asamblea, el Gobierno nacional ya se había opuesto a esa medida en Cataluña y lo había recurrido ante el TC. A pesar de ello, tuvimos que aguantar la chulería con la que el PP de Madrid decía que su “euro” era distinto y que el Gobierno no podría recurrirlo. Para ello, se inventaron la idea fraudulenta de que lo que se gravaba no era la receta, sino el acto de inscribir el médico en la historia clínica del paciente la receta de un medicamento. Al Gobierno nacional su elipsis legal no le coló, y recurrió. Estamos casi seguros de que el TC lo declarará inconstitucional; por lo pronto, ha suspendido su aplicación.

El año pasado, se aprobó la Ley de Protección de Derecho de los Consumidores mediante el fomento de la trasparencia en la contratación hipotecaria en la Comunidad de Madrid. Esta Ley provenía del anuncio electoral de Aguirre de que los bancos “pongan bien grande” en los contratos que se trata de préstamos hipotecarios de vivienda “con garantía real”. Ella debía saber que lo que decía ya lo regulaba el Estado, pero de esa forma aparentaba -en plenas elecciones- estar a favor de la dación en pago y que ella podría regularla. Así engatusaba al electorado. Desde UPyD dijimos, durante su tramitación, que no garantizaba nada que no estuviera ya recogido en las leyes nacionales y que era peor que la Orden Ministerial vigente. Pero como lo que le importaba a Aguirre era un titular y justificar su electoralismo, no tener una buena Ley, ésta se aprobó. Ahora, el Gobierno nacional la ha recurrido al TC, argumentando que la Ley “entraña un perjuicio muy grave al principio de unidad de mercado”, pero sobre todo, que “establece un nivel de protección inferior al fijado con carácter básico” por las leyes nacionales, ya aprobadas.

En definitiva, todo vale ya, sea por motivos electorales o para recaudar. La ley y el trabajo bien hecho son algo secundario. Esta es nuestra Comunidad. A la que, para colmo, el lunes de la semana pasada se le cayó la carpa que intentó levantar en Las Ventas. Pero sobre esto no me extiendo; sólo añadiré que, al menos, hubo “suerte” y cuando cayó, no había gente y no hubo muertos.

El área única educativa: ¿libertad de elección o segregación del alumnado?

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha anunciado que va a aprobar una normativa para crear un área educativa única el próximo curso escolar 2013-2014. Que en teoría permitirá a cualquier familia madrileña elegir el centro que deseen en toda la Comunidad. Aun no se conoce la redacción del Decreto que regulará esta decisión. Pero lo anunciado se parece demasiado a un eslogan ideológico por su imprecisión y muy poco a una decisión racionalmente pensada que haya previsto las medidas  a adoptar para conseguir que sirva para mejorar la calidad de la educación y evite la segregación de alumnos.

 La educación no es un mercado perfecto en el que los oferentes –titulares de los centros educativos- y los demandantes –padres y alumnos- puedan libremente optar por el mejor producto. En la educación, el mercado presenta importantes fallos que justifican la intervención del Estado tanto para regularla como para proveerla. La libre elección de centro, que en teoría permitiría una mayor competencia entre ellos para mejorar su eficiencia y la calidad de su educación, plantea problemas tanto de eficiencia, como de equidad. Para poder elegir libremente hacen falta cuando menos dos elementos esenciales: información suficiente sobre los centros e igualdad de los padres y alumnos para una vez tomada la decisión del centro al que acudir poder realizarla.

La información sobre los centros escolares debe ser muy completa. Deben realizarse unas pruebas externas de control del conocimiento de los alumnos de alta calidad que permitan conocer los resultados de los centros realmente.  Las actuales pruebas CDI no son garantía suficiente y deben ser muy mejoradas. Pero no basta con esos datos. La información debe comprender también el proyecto educativo del centro, el nivel de sus profesores y su estabilidad en el puesto de trabajo, la capacidad del centro para mejorar los resultados esperados de los alumnos atendiendo al nivel social y educativo de sus familias, sus valores, entre otros datos. Esta información debe ser fácilmente entendible por las familias. Por tanto, a aquellas que tengan menor nivel educativo deberá prestárseles especial atención para que comprendan esa información y conseguir que realmente puedan optar.

La igualdad de las familias es un prius para que haya libre elección. Sólo hay verdadera libertad de elección entre iguales. Como es sabido no todas las familias tienen los mismos recursos; diferencias que además se están incrementando con la crisis. Para corregir estas desigualdades, debe garantizarse por el Gobierno recursos suficientes a aquellas familias que deseen elegir un centro educativo para sus hijos que no tengan suficiente dinero para pagar el desplazamiento y la comida. La Comunidad de Madrid con la reducción significativa de ayudas de transporte y comedor realizadas este año va justo por el camino contrario.

A parte de estos dos problemas, se plantean otros relevantes. En la educación, los padres deciden por los hijos, pero son éstos quienes la reciben. Puede haber intereses divergentes entre unos y otros y suceder que los padres no presten suficiente atención a las necesidades educativas de sus hijos, ya sea por desconocimiento o por desgana. Lo que con el área única podría implicar que no se molesten en tratar de llevar a sus hijos a un buen colegio. Con el objetivo de limitar este problema hay que primero que hacer todo lo posible para que los padres se interesen por la educación de los hijos, transmitiendo su importancia y estableciendo mecanismos que les obligue en la medida de lo posible a ello. Pero además es imprescindible que el Gobierno garantice como estándar de calidad de todos los centros públicos mínimos muy elevados. La falta de elección de los padres no debe frustrar el derecho de sus hijos a una buena educación y a la igualdad de oportunidades.

Asimismo, si se quiere que el área única educativa mejore la calidad de la educación, es preciso que se evite la consecuencia que los británicos conocen como “cream-skimming” (“flor y nata” en español). Ya que puede haber un número significativo de centros tentados de mejorar sus resultados seleccionando los alumnos que mejores notas puedan tener por el nivel educativo y económico de sus padres o porque sapan que son buenos y no porque realmente se preocupen de mejorar la calidad de la educación de sus centros. Esta consecuencia derivada del área única educativa determinaría un incremento de las desigualdades y de la segregación de los alumnos. Para corregirla puede ser necesario dar más recursos por los alumnos con más dificultades. De forma que los centros puedan estar también interesados en ellos. En Nueva Zelanda, en 1991, se introdujo la libertad de elección sin una adecuada regulación de los criterios de selección de los alumnos, lo que incrementó la segregación del alumnado. Para corregirlo en 2000 reintrodujeron criterios para la admisión en los centros que tuvieran más demanda que oferta de plazas.

No se debe olvidar que la libertad de elección también se limita cuando hay centros con menos plazas que alumnos que las demandan. Para evitar esta limitación debe intervenirse haciendo que esos centros aumenten sus plazas de forma que puedan ir entrando todos los alumnos que lo soliciten y regulando mientras tanto los criterios de admisión en el centro para impedir las discriminaciones. En Madrid, habrá que estar muy atento a esos criterios, que al menos teóricamente deberán mantener ya que les obliga la Ley Orgánica de Educación.

En conclusión, el área única educativa puede ser positiva, si se toman medidas que corrijan los problemas citados, ya que puede hacer aumentar la calidad de la educación al establecer una cierta competencia entre centros. Pero también puede ser muy negativa, si no se toman medidas que solucionen esos problemas, ya que puede provocar una alta segregación de los alumnos sin mejorar la calidad de la educación. Para hacerlo bien, hay ejemplos internacionales de los que aprender. El Reino Unido aprobó leyes que ampliaban la capacidad de elección de centro de los padres, pero con medidas correctoras y tras amplios estudios. Sus resultados han sido bastante buenos. Sin embargo, en Nueva Zelanda, sin las medidas correctoras, fueron negativos.

Por tanto, si el Gobierno regional quiere que la medida sea un éxito debería presentar ante la Asamblea de Madrid su propuesta, los datos que la avalan y las medidas que van a adoptar para evitar los problemas que pueda generar y conseguir que sirva para mejorar la calidad de la educación. Si lo que hace es simplemente aprobar un decreto, sin datos y sin debate suficiente, me temo que se van a incrementar las desigualdades educativas. Desde UPyD, en la Asamblea de Madrid, vamos a intentar que se hagan las cosas bien. Os contaremos.

ANÉCDOTAS DE UN PAÍS EN DERRIBO: 2. Si fuera alemán y supiera que…

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid presentó una Ley de modificación de sus presupuestos para “ahorrar” 1.000 millones de euros en partidas presupuestarias, cuando llevaba gastados ya más de 1.500 millones en cinco meses sobre las partidas concretas del presupuesto que se aprobó en la Asamblea autonómica en diciembre de 2011 para 2012. Lo que demuestra que las cifras que figuraban en los presupuestos eran ilusorias, que no servían para valorar cuál iba a ser el gasto real y que el recorte acordado con esa Ley en las partidas de presupuestos dudosamente puede ser creíble ya que, visto lo visto, lo pueden volver a modificar al día siguiente de aprobarlo.

Esa misma Ley anuncia que se quitan las subvenciones que la Comunidad da a los partidos políticos, cuando resulta que no da subvenciones a los partidos, sino a las fundaciones de los partidos. Sobre las cuales no hace ninguna referencia. Rechazando, por otra parte, la enmienda que presenta el Grupo UPyD para que las fundaciones de partidos dejen igualmente de recibir subvenciones.

La referida Ley propone reducir el parlamento autonómico a la mitad. Pero lo hace como un mero enunciado propagandístico, ya que esa reforma exige una modificación del Estatuto de Autonomía. Por tanto, la presentación de un proyecto de Ley específico y no su mero enunciado en una Ley cuya aprobación no conllevará la efectividad de la medida.

La introducción de esos artículos, ha servido para dar titulares a la prensa y así intentar tapar las razones de la Ley y las medidas que realmente tendrían vigencia y efectos: la rebajaba del salario a los funcionarios y la creación y subida de muchas tasas; o sea, tributos.

La Comunidad de Madrid no tiene un cuerpo de interventores independientes. Lo que permite entender por qué la desviación del déficit de la Comunidad en más de un punto del PIB regional puede aparecer de repente sin que haya información rigurosa previa. En estos momentos, cualquier funcionario que haga las funciones de interventor y diga algo que no guste al Gobierno regional puede ser cesado, ya que todos los puestos son de libre designación.

La Comunidad de Madrid ha suprimido un organismo: el Defensor del Menor. Y para que quien ocupaba el cargo no tenga que buscarse trabajo, le ha colocado en la “independiente” Cámara de Cuentas de Madrid, a pesar de que no reúne los requisitos legales exigidos por la Ley de la Cámara de Cuentas en su artículo 33. Eso sí, reunía la cualidad de ser una persona muy próxima al PP, para el que ha desempeñado múltiples puestos en diferentes administraciones -consultar su curriculum pinchando aquí-. El PP se opuso en la Mesa a la petición del PSOE de un informe sobre su idoneidad alegando que el PSOE ha colocado a mucha gente que tenía circunstancias similares; lo que reiteró su portavoz en Junta de Portavoces. Ya se sabe: el argumento de callate que tu hiciste lo mismo.

La Mesa de la Asamblea ha decidido que la Comunidad de Madrid no tiene competencia sobre Caja Madrid y por ello, ha impedido cinco iniciativas de UPyD para que se debata en Pleno sobre el mayor fiasco financiero de las últimas décadas de España. Ello a pesar de que el Estatuto de Autonomía de Madrid dice en su artículo 3.1.5 que tiene  competencias sobre “instituciones de crédito corporativo público y territorial. Cajas de Ahorro” y que hay una Ley de Cajas 4/2003, de 11 de marzo, aprobada por la Asamblea de Madrid. Para colmo han pervertido la institución encargando dos informes, uno hecho por el Secretario General de la Asamblea y otro por un letrado, de escaso rigor jurídico, pero que han llegado a la conclusión que interesaba al PP: declarar que la Comunidad no tiene nada que ver con la crisis económico-financiera de Caja Madrid.

La Comunidad de Madrid está reduciendo los interinos –personal funcionario- en educación y sanidad; sin embargo, en la Asamblea de Madrid, a propuesta del PP, se crean seis plazas nuevas para no tener que prescindir de los interinos de la Asamblea, con el único voto en contra de UPyD.

En Tres Cantos, para no aplicar la congelación del salario a los empleados públicos, se aprobó modificar su categoría profesional y así subirles indirectamente el salario. Y ahora tampoco quieren aplicar la Ley del Estado que suprime la paga extra y están buscando fórmulas para bordearla.

Hay más ayuntamientos de Madrid, entre ellos Las Rozas, que están buscando fórmulas como en Tres Cantos para no aplicar la supresión de la paga extra. El propio alcalde de Las Rozas ha dicho al concejal de UPyD que la FEMP (Federación de Municipios y Provincias de España) está pensando encargar un informe para que aquellos ayuntamientos que quieran no tengan que aplicar la supresión de la paga extra.

Podría seguir contando más y más “anécdotas”. Por ejemplo, que el portavoz adjunto del PP en la Asamblea de Madrid, Pedro Muñoz Abrines, en la última Diputación Permanente de este verano nos respondió que plantear un debate este mes sobre si la supresión de la paga extra de los funcionarios se va a sumar a la rebaja de salarios de la Comunidad de Madrid; la posible necesidad de que Madrid acuda al Fondo de liquidez (rescate); la quiebra técnica de Telemadrid; las subidas de tasas en educación, etc. es “pretender resolver un catarro yendo a urgencias”. Que  no hay prisa, que se podrá hablar sobre ello en octubre, en el periodo ordinario de sesiones. Ya en una Diputación anterior nos había dicho que con Caja Madrid sólo queremos hacer historia, que no urge. Lo que urgía era la ley de casitas, que si tuvo su Pleno en el que, para rematar la faena, la consejera de Medio Ambiente del PP le ha dicho a IU que no les acusen de robar, “que ellos tienen mucho que callar”.

Queridos alemanes, europeos varios, esto es lo que hay.

Ahora bien, aún podemos cambiarlo los españoles. Desde UPyD, creemos que  refundando el Estado podemos generar instituciones mejores que nos permitan salir del impás actual.

Trabajaremos por ello.

Matar moscas a cañonazos: el recorte del salario de los funcionarios enfermos en la Comunidad de Madrid

Los empleados públicos de la Comunidad de Madrid desde este mes de enero han visto limitada significativamente su protección social ya que no contaran con la “mejora voluntaria” que les garantizaba complementar, en caso de enfermar, la prestación de Seguridad Social para mantener su salario. Como hacen también muchas empresas de este país con sus trabajadores. La supresión de esta mejora, según el Gobierno Regional, pretende evitar su absentismo laboral, ante el temor a perder ingresos. Sin embargo, veremos como su objeto real es recortar el gasto de personal bajo la popular excusa de hacer trabajar más al empleado público.

El absentismo laboral, que sin duda es un problema grave tanto en las sector público como en el privado, se da cuando por causas justificadas o injustificadas un trabajador deja de acudir al trabajo. Entra las causas justificadas más comunes de ausencia al trabajo están los permisos varios, la enfermedad, la maternidad, las causas técnicas, económicas o de producción, etc. La tasa de absentismo se mide calculando las horas que se dejan de trabajar, sobre las obligatorias o pactadas. En España está aproximadamente un poco por encima del 5%, aunque con diferencias por Comunidades Autónomas, sectores y tamaño de empresa. Siendo superiores a la media en Andalucía, Canarias, Cataluña, en la industria y en las grandes empresas, como la Administración Pública. La incapacidad temporal por enfermedad común es la causa en casi un 70% de las ausencias al trabajo. Pero estas ausencias no se distribuyen homogéneamente: aproximadamente un 26% de las bajas por enfermedad duran de 1 a 3 días, un 38% de 4 a 15 días, y un 11% de 16 a 30 días. Por tanto, el 75% de las bajas duran menos de un mes. Solo el 1% de las bajas supera el año.

Las medidas aprobadas sólo se refieren a las bajas por enfermedad y no discriminan según su causa y duración. Tratan igual a quien deja de acudir al trabajo por la resaca del fin de semana que a quien lleva un año por un cáncer de mama, a quien falta por primera vez en su vida que a un “bajista” habitual.  Se puede decir que matan moscas a cañonazos. De lo cual parece haberse dado cuenta hasta el Gobierno ya que la propia Regina Planiol, consejera de presidencia, ha dicho, aunque con confusión, que cree que los tres primeros días de baja no dejaran de pagarse al no ser de incapacidad temporal (sic).

Un empleado público incluido en el Régimen General de la Seguridad Social que tenga una baja médica tiene derecho a un 60% de su base reguladora (que es la base de cotización del mes anterior a la baja) desde el cuarto día hasta el 20 y a partir del 21 al 75%. Esta cantidad se paga por el empresario –la Administración- desde el 4 día hasta el 16 y de allí en adelante por la Seguridad Social. Los empleados públicos incluidos en clases pasivas, protegidos por MUFACE (fundamentalmente profesores en la Comunidad de Madrid) y por MUGEJU (personal de justicia), cuentan con una protección diferente más amplia consistente en percibir las retribuciones integras hasta el tercer mes o sexto mes respectivamente y desde allí en adelante las retribuciones básicas integras más la cantidad mayor entre el 80% de las retribuciones básicas o el 75% de las complementarias correspondientes al tercer mes de su licencia. Si bien, hay que tener en cuenta que por la disposición adicional sexta de la Ley 26/2009 -que prevalece sobre la de la Comunidad Autónoma- los funcionarios de carrera del Régimen General también garantizada como mínimo la mejora voluntaria de la incapacidad temporal en términos equivalentes a los funcioanrios inlcuidos en MUFACE.

Dada esta diversidad de regímenes de protección, con la supresión del complemento por mejora voluntaria que garantizaba a todos durante la incapacidad temporal el salario por igual, los que estén en el Régimen General, y no sean funcioanrios de carrera, no cobrarán nada los tres primeros días de baja y verán muy reducido su salario a partir del cuarto, mientras que los que sean funcionarios de carrera del Régimen General o estén en MUFACE o MUGEJU sólo lo verán reducido desde el mes cuarto o séptimo, y encima en mucho menor cuantía. Por tanto, esta medida va a producir graves discriminaciones entre compañeros que es fácil suponer podrá enrarecer aún más el ambiente de trabajo.

Pero hay más, como para los laborales del Régimen General la determinación del subsidio de incapacidad temporal se calcula sobre la base de reguladora que viene determinada por la base de cotización y ésta está topada y puede ser inferior al salario real, lo que sucede para todos los trabajadores del grupo A1, en general los más cualificados, la reducción de salario puede llegar a ser para ellos de más de un 50%. Con lo cual se establece una nueva discriminación, ahora entre trabajadores por su cualificación. Dañando mas por cierto a quienes menor índice de absentismo tienen en la Administración.

Por otra parte, esta medida obvia, aunque puede que mucha gente no lo conozca, que es  la Comunidad la responsable de dar las bajas médicas a través del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, pero que es la Seguridad Social, que depende del Estado quien paga la prestación económica. De hecho, esta separación de responsabilidades hizo que, cuando se trasfirieron las competencias a las Comunidades Autónomas en sanidad, se dispararan las bajas médicas. Y que, para controlar la “incompetencia” de las Comunidades Autónomas, la Seguridad Social tuviera que pagarles un plus por cumplimiento de objetivos, para lograr disminuir su excesivo número. Luego, si se quiere atacar realmente el absentismo laboral por bajas médicas lo primero a hacer es establecer controles más estrictos de las bajas que dan los médicos, y ello sin esperar que el Estado tenga que seguir incentivando lo que debe ser una obligación propia de la Comunidad.

Otra consecuencia grotesca de esta medida indiscriminada es que un empleado público laboral de la Comunidad del Régimen General que falte tres días por su enfermedad no cobrará nada, pero si falta por la enfermedad de su padre o su hermano recibirá el salario completo. Curiosa forma de limitar el absentismo, como curioso es que la medida frente a un problema estructural se haya previsto con carácter temporal sólo para este año 2012. Más razonable hubiera sido penalizar a los reincidentes en bajas de corta duración, controlar las bajas e duración inferior al mes más eficientemente, etc.

En definitiva, la medida huele a improvisación y no va dirigida a resolver el problema del absentismo laboral sino a reducir costes en personal de forma indiscriminada. Mal camino para conseguir el objetivo de una administración pública más racional y eficiente.