Lo que tienen en común Eurovegas y la privatización de la gestión sanitaria

En una misma Ley, la de acompañamiento a la de presupuestos, se van a aprobar dos de las medidas más importantes de este año en la Comunidad de Madrid: Eurovegas y la privatización de la gestión sanitaria de los nuevos hospitales y centros de atención primaria. Estas medidas tienen un hilo conductor común: la confusión de intereses privados y públicos. Quizás por eso han optado por tramitarlo conjuntamente, y no sólo para dificultar un debate independiente y riguroso en la Asamblea sobre ellas. A pesar de su escaso debate, esta Ley podrá tener importantes repercusioens en el futuro de la Comunidad de Madrid.

La Ley ha previsto para Eurovegas un traje a medida, que ha venido a llamar Centros Integrales de Desarrollo (CID). Se trata de una figura jurídica configurada ad hoc, como una categoría de los llamados Proyectos de Alcance Regional, regulados en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. En ella se prevé que sus normas aplicables a los CID prevalecerán en caso de conflicto sobre las restantes normas de la Comunidad de Madrid. Esos centros se podrán implantar mediante autorización administrativa, de oficio a solicitud de un particular, otorgada mediante concurso público. En esa solicitud, el particular deberá señalar el tipo de actividades a realizar, municipios afectados, estudio económico financiero, ajuste del proyecto a la legislación urbanística y la que incumpliría, etcétera; y específicamente, previsiones de creación de empleo, de la inversión que comportan y  del incremento de la riqueza que para la región supongan.

Tras la presentación de esa solicitud, habrá una aprobación inicial, que saldrá a información pública, y una posterior aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno de la Comunidad, en la que se indicarán -entre otras cosas- los cambios en el planeamiento urbanístico a realizar y el plazo -que no podrá ser superior a 10 años- durante el cual no se podrá autorizar la implantación de un nuevo CID que tenga autorizada la actividad de casinos, de nuevos casinos, o de la ampliación de los existentes en Madrid. Según la Ley, las previsiones urbanísticas de los CID prevalecerán sobre las determinaciones contenidas en el planeamiento urbanístico, que deberá ser adaptado por la Administración competente; de igual forma, para los CID no rige la limitación de alturas previstas en la Legislación del suelo de la Comunidad.

Por otra parte, la Ley dedica un capítulo entero a regular el régimen del juego en los CID. Cabe destacar que el CID podrá -mediante una simple comunicación a la Comisión de Control del Juego- incluir nuevos juegos, aunque estos no figuren expresamente recogidos en una norma; se permite la entrada a los menores en esos centros; la autorización de funcionamiento de los casinos será la del CID  y se autoriza que en esos casinos y centros de juego den crédito a los jugadores. La citada Comisión de Control será la que inspeccione el juego en los CID. Esta Comisión de nueva creación tendrá la composición, organización y funcionamiento que el Consejo de Gobierno autonómico mediante decreto decida.

En materia tributaria, también goza de importantes especificidades. Se le aplicará una bonificación de un 95% de la cuota que resulte de las operaciones sujetas al impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que estén relacionadas con su puesta en funcionamiento. Además, se prevé una reducción muy significativa del tipo del impuesto sobre el juego de casinos, pasando de un máximo de un 55% y un mínimo del 20% a un tipo lineal del 10%. Previéndose también importantes bonificaciones sobre la cuota resultante. Que en el proyecto inicial eran de un 9% de las inversiones realizadas y 9.000 euros por trabajador de la plantilla media en cada periodo; debiendo ingresar un 1% de la base imponible, pero pudiendo acumular las bonificaciones no aplicadas para los 18 años siguientes. Y que tras las enmiendas del Partido Popular, y su paso por Comisión, han quedado en la cuantía que resulte de aplicar a la base de la tasa un 0,1%  por cada 100 trabajadores que integren la plantilla media en cada periodo. Lo que conlleva que desde 10.000 trabajadores la bonificación alcance el 10% de la base. Esto es un porcentaje igual, como hemos mencionado, al del tipo a aplicar sobre la base. En consecuencia, en a partir de esos trabajadores se compensará la bonificación con el tipo y la cuota a pagar resultará ser cero. Aunque,  como se mantiene un tipo mínimo del 1% en todo sobre la base, ese será al menos el impuesto  que pague el CID o Eurovegas.

Como se puede ver el traje a medida se ajusta muy bien a lo que el señor Adelson pidió: una isla legal,  como contábamos antes las leyes del CID pactadas con él prevalecen sobre cualquier otra de la Comunidad de Madrid. Una isla en la que hay libertad urbanística, escasos impuestos, limitación de los competidores, capacidad de dar crédito directamente a los jugadores –a pesar del riesgo de blanqueo de capitales, o será por eso mismo-, diferente normativa sobre menores, entre otras medidas. Ya sólo falta que el Gobierno del Estado deje fumar. Se trata claramente de una regulación muy beneficiosa para un inversor y un tipo de inversor, que los mejores economistas en ningún caso recomiendan.

Junto a esta normativa, la Comunidad incluye también la regulación de la privatización de la gestión sanitaria de hospitales y ambulatorios. En este caso con unas pocas disposiciones, que dejan amplio margen al Gobierno regional para desarrollarlas como considere oportuno, pero en las que se intuyen acuerdos con los posibles licitadores en los concursos: por ejemplo, el PP ha propuesto una enmienda  votada en comisión por ello, por la que se van a permitir cambios en los vigentes contratos de concesión de obra pública con explotación de servicios no sanitarios de esos hospitales. Además prevé para perjuicio de hosteleros, que pagan todos sus impuestos, la posibilidad de que dueños de fincas privadas organicen eventos en ellas, sin exigirles los mismos requisitos.

Milton Friedman decía en su libro Capitalism and freedom: “The kind of economic organization that provides economic freedom directly, namely, competitive capitalism, also promotes political freedom because it separates economic power from political power and in this way enables the one to offset the other”. Pese a que el PP de Madrid se define como liberal, en esa Ley hay mucha confusión de los intereses públicos y privados, del poder político y el económico. Y eso sólo puede conducir a más intervencionismo, menos libertad y más corrupción; a un país donde las decisiones políticas influidas por el poder económico determinen a quien van las rentas y beneficios de la actividad económica. Un mal camino para salir de la crisis. Lo que necesitamos son reglas claras, iguales para todos, y dejar que el dinero fluya hacía quienes tienen verdadera capacidad de iniciativa e inventiva. Lo contrario sólo favorece la corrupción.

Hoy, cuando votemos en la Asamblea, UPyD se opondrá a la Ley, porque quiere un país en el que esté separado el poder económico del político, en defensa de la libertad, la igualdad y contra la corrupción.

Eurovegas o de cómo el dinero de los bancos rescatados puede acabar en un casino

En los últimos días, estamos asistiendo a nuevas informaciones sobre el proyecto de Eurovegas –un complejo de casinos, hoteles y lugares de ocio- que el magnate norteamericano Sheldon Adelson dice querer construir en España. Aunque, al parecer, aún no lo tiene decidido. Un proyecto que promete grandes inversiones y creación de empleo, pero cuyo modelo de negocio no es evidente que vaya a triunfar en España. El cual, por otra parte, es por ahora poco transparente, salvo una única evidencia: la búsqueda del favor del poder político para su implantación.

Lo primero que llama la atención de estas informaciones es la agresividad con la que están compitiendo la Comunidad de Madrid y Cataluña por llevarse el proyecto. Una competitividad muy bien utilizada por los gestores de Las Vegas Sands para conseguir -en una carrera alocada entre ambas comunidades- favores para su proyecto. Favores que consisten en proporcionar terrenos bien situados y baratos, facilitar la construcción en ellos y realizar caras infraestructuras de transporte, etc. Además, siguen insistiendo en conseguir modificaciones legislativas para implantarse en España. Muchas de ellas, de normativa estatal, como la Ley del tabaco aprobada recientemente, que lógicamente nos vinculan a todos los ciudadanos. Por otra parte, quieren que la financiación de su iniciativa se haga en dos terceras partes por bancos; ellos sólo correrían con el riesgo de un tercio.

Pues bien, esta pugna pone de manifiesto gran parte de nuestros problemas políticos. Para empezar, la existencia de un sistema autonómico en el que la cooperación es la excepción y donde la competencia entre comunidades lleva a que cualquier tercero pueda jugar con ellas para sacar mejores condiciones para su proyecto, aun a costa del interés general, y sin que el Estado sea capaz de imponer un mínimo de racionalidad. También refleja la debilidad de ese Estado, que se ve sometido a la presión de los políticos regionales para cambiar Leyes estatales y dar satisfacción a sus intereses locales. Lo que además revela la demagogia de nuestros gobernantes, dispuestos a suspender por intereses privados de cierta gente leyes democráticas de aplicación universal. Por otra parte, enseña que ganarse el favor político es un arma esencial para hacer negocios en España, lo que al final conduce a que se premien decisiones ineficientes frente a otras mejores, pero que no resultan tan espectaculares o tan convenientes políticamente. Y finalmente, indica la irracionalidad de nuestros gobernantes, dispuestos a apoyar aventuras en las que hasta dos tercios de la financiación deben correr a cargo de los mismos bancos que han tenido que ser rescatados con dinero público, y que se hundieron en parte por premiar intereses político-empresariales antes que proyectos empresariales solventes.

En el caso Eurovegas, no se trata de evitar que un determinado empresario invierta en España, se trata simplemente de exigir que si lo hace sea bajo las reglas comunes que deben respetar los demás empresarios y que el riesgo del negocio sea a su cargo y no al de los contribuyentes españoles. Algo bastante obvio. Algo que responde al principio de libertad de empresa, del que tanto hablan algunos, pero que tan poco ejercen. Algo que, por cierto, ya han puesto de manifiesto empresarios españoles, quienes según una noticia de El Confidencial dudan de su viabilidad financiera. Así que, si Adelson cree que hay negocio, que arriesgue su dinero.

En suma, el caso Eurovegas está poniendo de manifiesto nuevamente que nuestras instituciones no funcionan adecuadamente y que sólo una reforma decidida de ellas podrá evitar que sigamos bailando al compás de ilusionistas. Crecer, crear empleo, no es tarea sencilla. No podemos dejarnos llevar por la riqueza fácil. Normalmente, se acaba mal.

 

 

El encubrimiento de la estafa de Caja Madrid-Bankia

La grave situación de BFA (Banco Financiero y de ahorros)-Bankia, con un agujero en sus cuentas superior a 24.000 millones de euros, ha motivado la intervención del Estado a través del FROB y la necesidad de que España haya tenido que pedir a la Unión Europea un rescate de nuestro sistema financiero por hasta 100.000 millones de euros. A día de hoy, nadie ha asumido responsabilidades políticas por estos hechos y no hay voluntad de saber qué es lo que ha pasado para llegar a esta grave situación. Y no  ha sido por ausencia de oportunidades para debatir en las Cortes o en la Asamblea de Madrid.

El Grupo Parlamentario de UPyD en esa Asamblea, propuso en dos ocasiones –antes de la intervención de Bankia- sendas preguntas a la presidenta de la Comunidad, Doña Esperanza Aguirre, sobre la situación de Caja Madrid en relación con Bankia. En las dos ocasiones se nos dijo, por la Mesa de la Asamblea controlada por el PP, que la Comunidad no tenía competencias sobre este asunto, por lo que se nos denegó la posibilidad de hacer la pregunta. Ello a pesar de que Caja Madrid controla el 52% de BFA, que ha nombrado a 11 de los miembros de su Consejo de Administración y que cada Caja, por acuerdos firmados con BFA en abril de 2011, continuaba prestando servicios de seguimiento y cooperación relativos a la gestión del negocio bancario minorista en su territorio natural, así como en la gestión del uso de la marca de cada Caja. Sin olvidar lo más importante: que los órganos de esas cajas están trufados de políticos elegidos por los partidos en proporción a su representación en diversas instituciones.

Tras la intervención de Bankia, UPyD pidió la creación de una Comisión de Investigación en la Asamblea sobre Caja Madrid -con el apoyo en este caso del PSOE e IU-,  para conocer cómo la gestión de esa entidad previa a la fusión con las demás Cajas había determinado la quiebra de Bankia y las razones por las que la Comunidad Autónoma a través de su consejero de economía, el señor Beteta (ahora Secretario de Estado de Administraciones Públicas), había autorizado la fusión con las otras Cajas para crear BFA. De nuevo, volvimos a recibir la misma respuesta negativa. Esta vez, apoyada en un informe ad hoc del Secretario General de la Asamblea en el que se dice, entre otros flojos argumentos, que la Comunidad de Madrid no ostenta competencias significativas sobre Caja Madrid, ya que las facultades que le atribuye la propia Ley de Cajas de la Comunidad de Madrid 4/2003 y sus sucesivas modificaciones, no son “suficientes para garantizar una supervisión por su parte de la situación de Caja Madrid en el momento de la creación” de BFA. A pesar de que la Ley atribuye al Gobierno regional competencias de supervisión, investigación y control de la actividad económico-financiera y benéfico-social y aunque, como hemos dicho, la propia Comunidad de Madrid autorizó, a través de su consejero de economía, la integración de Caja Madrid en BFA y que es un hecho de notorio conocimiento que el presidente de Caja Madrid fue la persona propuesta por Doña Esperanza Aguirre, que es quien acabó, además, siendo el Presidente de BFA y Bankia.

Inmediatamente después, presentamos la solicitud de una interpelación al Gobierno para que nos explicaran su política general sobre la exigencia de responsabilidades frente a los administradores de las cajas con domicilio social en Madrid. Y en este caso, nos contestó el propio presidente de la Mesa en Junta de Portavoces diciendo, según el acta de la reunión de 5 de junio de 2012, que “no fue admitida por la Mesa por no corresponderse con una cuestión de política general de la Comunidad de Madrid”. Otro tanto acaba de ocurrir esta semana con una nueva iniciativa que hemos presentado para que el Gobierno de la Comunidad de Madrid sancione a los gestores de Caja Madrid administrativamente, les exija que respondan con sus patrimonios del desfalco de la Caja y que envíe a la fiscalía todos los datos que conozca que puedan ser delictivos. La han vuelto a rechazar en la Mesa, pidiendo en este caso un nuevo informe jurídico, pero impidiendo en todo que se pueda ya debatir antes de octubre. Siguiendo prácticas de filibusterismo parlamentario.

Como se puede ver, la Comunidad de Madrid y su gobierno, a juicio del PP, no tienen nada que ver con Caja Madrid. Ellos simplemente pasaban por allí. Parecen creer que podemos olvidarnos de aquellas declaraciones de Aguirre en las que decía “hemos tenido la inmensa suerte de darle un puesto a IU quitándoselo al ‘hijoputa’”, refiriéndose a un puesto en Caja Madrid para ganar su guerra en la batalla con Gallardón por el control de aquella; y de que la han puesto a su servicio con créditos y nombramientos.

Pues va a ser que no. Que vamos a continuar hasta el final para destapar la estafa de Caja Madrid-Bankia y dirimir las responsabilidades políticas, administrativas, patrimoniales y penales que puedan deducirse. Para empezar, en la Audiencia Nacional, cegada la vía parlamentaria, UPyD ha presentado una querella por varios delitos frente al Consejo de Administración de BFA-Bankia. No permitiremos que quienes han hundido este país se vayan de rositas.

Las propuestas de UPyD en su enmienda a la reforma laboral

El Gobierno aprobó mediante Real Decreto Ley 3/2012 una reforma laboral que en estos momentos está en el Congreso de los Diputados tramitándose como Proyecto de Ley. UPyD en esta tramitación parlamentaria ha presentado una enmienda a la totalidad y va a presentar enmiendas al articulado. Enmiendas que parten de una premisa inicial: la necesidad ineludible de que nuestro país acometa una reforma laboral que cambie un sistema institucional que se ha demostrado fracasado, para evitar una gran destrucción de empleo (tenemos más de 5 millones de parados), su dualidad (más del 25 por ciento de los trabajadores son temporales)  y la pérdida de competitividad de las empresas, que se puede observar en los graves desequilibrios de la balanza comercial española.

Es cierto que La reforma laboral que propone UPyD, basada en la flexiseguridad, no creará empleo inmediatamente, pero sí establecerá las bases jurídicas de las instituciones laborales que permitan acabar con la precariedad laboral, reducir la dualidad y mantener la protección del trabajador sin desequilibrar la posición entre trabajadores y empresarios. Eso sí, favoreciendo e incentivando aquellas medidas que mejoren la productividad del país a medio plazo y, por tanto, la renta de los trabajadores.

Para conseguir estos objetivos, la propuesta de UPyD se fundamenta en los ejes siguientes:

1.- El contrato único indefinido. Con el cual se establece que todos los trabajadores, excepto los que se contraten para hacer una sustitución mediante un contrato de interinidad, serán contratados con carácter fijo, bien sea a tiempo completo o parcial. Este contrato se podrá iniciar con un periodo formativo de duración limitada tras el cual el trabajador continuará en la empresa. La extinción de este contrato podrá ser procedente cuando concurre causa o improcedente si no la hay. También se mantiene el despido disciplinario. Tanto para el despido procedente como para el improcedente, se establecen unas indemnizaciones progresivas que van de 12 a 24 días en el primer caso y de 24 a 34 en el segundo, aumentado desde la cifra inicial a la final dos días por cada año de antigüedad del trabajador en la empresa. Con esta medida se protege mejor a ese 93 por ciento de trabajadores que ahora celebran contratos temporales y se garantiza una suave transición al empresario desde contratos con una indemnización menor por despido a otros con otra mayor al incrementarse la antigüedad.

Este contrato es plenamente constitucional, ya que no contradice precepto alguno de la Constitución ni el artículo 158 de la OIT y el artículo 30 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, manteniendo la causalidad en caso de despido.

Por otra parte, para aquellas actividades puramente temporales (obra o servicio) se ha previsto que el empresario pueda extinguir la relación laboral por la existencia de esta causa objetiva, si bien deberá hacerla figurar con antelación en el contrato de trabajo. Y para evitar su uso fraudulento, se ha dotado de mayor eficacia a las actas de infracción de la Inspección de Trabajo y se le ha impuesto una cotización de Seguridad Social superior para el desempleo.

2.- Flexibilidad de la empresa y negociación colectiva. En España había un sistema excesivamente rígido de modificación de las relaciones laborales y negociación colectiva, pero con la reforma del PP, se ha dado un bandazo y se ha desequilibrado el sistema excesivamente hacia el lado de la empresa.

En la propuesta de UPyD, se apuesta por la flexibilidad, para ganar competitividad y evitar que el despido sea el principal instrumento de ajuste de las empresas cuando vienen mal dadas, pero con equilibrio entre las partes. De esta forma, se ha definido mejor la causa económica para las modificaciones sustanciales del contrato de trabajo, la suspensión o reducción de jornada, el descuelgue del convenio y el despido colectivo. Así, se ha establecido un porcentaje mínimo de pérdidas o reducción de ingresos o ventas, en cada caso, por comparación con un periodo anterior de la empresa. Con ello, se pretende garantizar una mayor seguridad jurídica, evitando la judicialización y su uso arbitrario por el empresario. Además, para que los incentivos sean los correctos, se ha previsto que cuando se adopten estas medidas los directivos de las empresas vean anulados sus bonos hasta que se recupere la empresa o unidad productiva de ella afectada, y que si hay reducción salarial, esta afecte a todos, incluidos los directivos.

En la negociación colectiva, se mantiene la prevalencia del convenio de empresa, si bien el sectorial estatal primará sobre éste en materia de salario base y jornada de trabajo. Por otra parte, el convenio sectorial estatal siempre tendrá prioridad, cualquiera que sea el momento de su celebración, sobre los autonómicos y los provinciales. Además, se apoya la limitación de la ultractividad de los convenios a dos años.

3.- El despido como última opción. En el despido colectivo se ha regulado mejor la causa económica y se ha establecido la exigencia de una situación apremiante de la empresa externa o interna, como en Alemania. También se ha previsto un procedimiento para su ejecución más completo con una intervención más exhaustiva de la Inspección de Trabajo, aunque sin requerir autorización administrativa, con el fin de garantizar que realmente sea la última medida que se adopte por la empresa para garantizar su viabilidad y el empleo restante. Con esta propuesta, nuestro modelo se acerca a la regulación francesa y se fijan más instrumentos para la recolocación y formación de los trabajadores afectados. Además, los directivos de la empresa no podrán cobrar bonos o gratificaciones similares durante esa situación.

4.- Mayor seguridad. En las enmiendas se prevé el establecimiento de la Renta Activa de Inserción como un derecho para aquellas personas que se queden fuera de las prestaciones y subsidio de desempleo, al tiempo que se establecen criterios de homogeneización entre las rentas mínimas de inserción de todas las comunidades autónomas.

5.- Formación e intermediación laboral. Se recoge la formación continua como un derecho y obligación del trabajador. Por otra parte, se rompe el monopolio de sindicatos y organizaciones empresariales en la formación continua. Se establece un plan de garantía juvenil dirigido a aquellos que en la fecha de entrada en vigor de esta Ley tengan entre 18 y 30 años y carezcan de la formación secundaria obligatoria o la formación profesional de grado medio. Este plan se sufragará con los fondos resultantes de suprimir las poco útiles bonificaciones de Seguridad Social para fomentar la contratación, que alcanzan la cuantía aproximada de 2.700 millones de euros.

Se mantiene la participación de las empresas de trabajo temporal en la intermediación laboral, si bien tanto estas como las agencias de colocación privadas necesitarán autorización del Servicio Público de Empleo Estatal, para evitar autorizaciones autonómicas que fragmenten el mercado laboral español. Se refuerza el papel de los servicios públicos de empleo, mencionándose que deben elaborar el perfil del parado y previéndose que su colaboración con las agencias privadas deberá conllevar la obligación de no ocuparse solo de los perfiles de desempleados más rentables. 

6.- Otras medidas. En cuanto al personal laboral de la Administración pública, se despedirá en último lugar, llegado el caso, a los que hayan accedido a su puesto de trabajo superando un proceso realmente competitivo con varios candidatos. Con ello, se trata de evitar que se mantenga a los “enchufados” del poder político de turno y que se vayan a la calle los que entraron por mérito y capacidad demostrados.

Por otra parte, se prevé la necesidad de elaborar un plan contra el fraude laboral, reforzando las inspecciones y sanciones.

Para luchar contra los privilegios de los políticos, se les incorpora al Régimen General de la Seguridad Social, de forma que los parlamentarios tengan que pagar la parte de cuota de Seguridad Social que les corresponde, y de la que ahora están exentos.